Empresas de Ibagué tienen hasta el 31 de enero para solicitar incentivos tributarios

Ibagué

Los beneficios aplican en los impuestos Predial e Industria y Comercio para quienes generaron empleo, abrieron sedes o realizaron nuevas construcciones en la ciudad.

El próximo 31 de enero vence el plazo para que las empresas de Ibagué soliciten los incentivos tributarios que otorga la Administración Municipal por generación de empleo y expansión empresarial, beneficios que impactan directamente los impuestos Predial y de Industria y Comercio (ICA).

De acuerdo con lo establecido en el Acuerdo 018 de 2024, pueden acceder a estas exoneraciones las empresas comerciales, industriales y agroindustriales que se hayan instalado en la ciudad desde el 1 de enero de 2025, así como aquellas ya existentes que durante ese mismo año hayan abierto nuevas sedes o sucursales.

Según explicó el secretario de Hacienda de Ibagué, Ángel María Gómez, los incentivos varían según el impacto económico generado:

“Las empresas que hayan realizado construcciones entre 2.000 y más de 8.000 metros cuadrados pueden acceder a exoneraciones en el impuesto Predial, mientras que quienes generaron desde dos hasta más de 100 empleos podrán obtener beneficios en el impuesto de Industria y Comercio”.

¿Dónde y cómo hacer el trámite?

Los empresarios interesados deben radicar la solicitud con los documentos requeridos en la Secretaría de Hacienda Municipal, ubicada en la carrera Segunda No. 13-38.
El horario de atención es de lunes a jueves, de 7:30 a. m. a 3:30 p. m., y los viernes, de 7:00 a. m. a 3:00 p. m.

Una vez presentada la solicitud, la Secretaría de Hacienda notificará si la empresa fue beneficiada o no antes del 31 de marzo de 2026, fecha clave, ya que coincide con el límite para pagar el impuesto Predial con el 15% de descuento y para presentar la declaración del ICA correspondiente a la vigencia 2025.

Exoneraciones en el impuesto de Industria y Comercio

Los beneficios en el ICA pueden extenderse hasta por 10 años y alcanzar el 100% de exoneración, dependiendo del número de empleos creados.
Por ejemplo, una empresa que haya generado entre 2 y 9 empleos puede acceder al 100% de exoneración el primer año, al 60% en el segundo y tercer año, y al 50% durante el cuarto y quinto año.

Beneficios en el impuesto Predial

En el caso del impuesto Predial, las exoneraciones oscilan entre el 40% y el 80%, según el tamaño de las construcciones o nuevas sedes.
Una empresa que haya construido un inmueble con un área superior a 8.001 metros cuadrados puede obtener una exoneración por 10 años: 80% durante los primeros cinco años y 60% en los cinco años siguientes.

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